Negarse a poner la mascarilla no es delito

 

 

La Audiencia Provincial absuelve a un ciudadano senegalés defendido por Asturlex Abogados

Los agentes de la policía le habían requerido para:

  • que se identificase
  • se pusiese una mascarilla.

Como no hizo caso fue detenido.

En el procedimiento penal el Ministerio Fiscal pidió condena por delito de desobediencia grave.

La defensa ejercida por Asturlex Abogados solicitó la absolución por los motivos siguientes:

  • La conducta descrita por los agentes no tenía la relevancia suficiente para apreciar delito.
  • El principio de intervención mínima del derecho penal.
  • La conducta sería sancionable en vía administrativa en todo caso y no penalmente.

El Juzgado de lo penal condenó por delito de desobediencia grave.

La pena impuesta es de 3 meses de prisión.

Asturlex Abogados recurrió ante la Audiencia Provincial.

El recurso insistía en las alegaciones realizadas en el Juicio.

La Audiencia ha estimado el recurso:

  • La conducta descrita por los policías justifica la detención no un delito de desobediencia
  • No identificarse o no poner la mascarilla son infracciones administrativas.
  • El incumplimiento de normas administrativas debe castigarse en vía administrativa no penal.
  • No está justificada la imposición de pena de cárcel por infracciones administrativas.

Por ello anula la sentencia del Juzgado y absuelve al acusado.

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